EF-96
para la ejecución armado o pretensado.
Ante el creciente empleo de las bovedillas de EPS, la norma
EF-96 las incorpora de forma explícita,
supliendo así la falta en la anterior EF-88.
Apartado
3.º– Condiciones de las piezas de entrevigado.
3.1 Piezas aligerantes
Las piezas aligerantes
pueden ser de cerámica, hormigón, poliestireno
expandido u otros materiales suficientemente rígidos
que no produzcan daños al hormigón ni a las
armaduras. Se considera que éstas no forman parte de
la sección resistente del forjado.
Toda
pieza de entrevigado será capaz de soportar una carga
característica de 1,0 kN, repartida uniformemente en
la placa de 200 x 75 x 25 mm., situada en la zona más
desfavorable de la pieza y su comportamiento de reacción
al fuego alcanzará, al menos, una clasificación
M-1, de acuerdo con la norma UNE 23.727/90.
3.2
Piezas resistentes
Las piezas de entrevigado resistentes pueden ser de cerámica
o de hormigón y cumplirán las condiciones que
para las piezas aligerantes se indican en el apartado 3.1.
NBE-CT-79,
condiciones de protección contra incendios de los edificios.
Art. 16.– Condiciones exigibles a los materiales
16.1
Materiales de revestimiento en recorridos de evacuación
Los materiales utilizados como revestimiento o acabado superficial
en pasillos, escaleras y en las zonas por las que discurran
los recorridos de evacuación, deben pertenecer a la
clase indicada en la tabla 2, o una más favorable.
16.2
Materiales incluidos en paredes y cerramientos
Cuando un material que constituya una capa contenida en el
interior de un suelo, pared o techo sea de una clase más
desfavorable que la exigida al revestimiento de dichos materiales
constructivos, la capa o conjunto de capas situadas entre
este material y el revestimiento serán, como mínimo,
RF-30.
16.3
Otros materiales
Los materiales situados en el interior de falsos techos o
suelos elevados, tanto los utilizados para el aislamiento
térmico y para acondicionamiento acústico, como
los que constituyan o revistan conductos de aire acondicionado
y ventilación, deben pertenecer a la clase M-1, o a
una más favorable.
R.16.3
Uso residencial
Los materiales utilizados como revestimiento o acabado superficial
en las habitaciones destinadas a alojamiento tendrán
un clasificación igual o más favorable que M-3,
en el caso de los suelos y que M-2 en paredes y techos. Los
cortinajes y otros elementos de decoración tendrán
una clase M-1. |